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Economy & Fair Competition
ArtículoDefensa Comercial

14 de mayo de 2026

Prácticas desleales de comercio internacional: discriminación de precios en investigaciones recientes

Panorama de criterios técnicos aplicados en procedimientos antidumping ante la Secretaría de Economía.

Ley Mercantil en Mexico

Ley mercantil vigente desde 1889 que regula a los comerciantes, sus obligaciones y los actos de comercio en México, con reformas constantes —la más reciente del 28 de marzo de 2018— que han modernizado el registro mercantil y las garantías sobre bienes muebles.

Origen y estructura

  • Promulgado por Porfirio Díaz y publicado en el Diario Oficial de la Federación entre el 7 de octubre y el 13 de diciembre de 1889.
  • Se organiza en Libros, Títulos y Capítulos; el fragmento analizado cubre el Título Preliminar y los primeros títulos del Libro Primero (comerciantes, registro público de comercio, contabilidad, correspondencia) y el inicio del Libro Segundo (actos de comercio).
  • Muchos artículos originales han sido derogados (ej. todo el Título Tercero "De los Corredores", DOF 29-12-1992) y sustituidos por regulación más moderna.

¿Quién es comerciante?

El Artículo 3o. reputa comerciantes a:

  1. Personas con capacidad legal que hacen del comercio su ocupación ordinaria.
  2. Sociedades constituidas conforme a leyes mercantiles.
  3. Sociedades extranjeras, agencias o sucursales que operen en territorio nacional.

Además, quienes realicen operaciones de comercio de forma accidental quedan sujetos a las leyes mercantiles respecto de esos actos (Art. 4o.).

Restricciones para ejercer el comercio (Art. 12)

No pueden ejercer el comercio:

  • Los corredores.
  • Los quebrados no rehabilitados.
  • Personas condenadas por sentencia ejecutoriada por delitos contra la propiedad (falsedad, peculado, cohecho, concusión) — la restricción aplica desde que la sentencia causa ejecutoria y hasta cumplir la condena.

Competencia desleal (Art. 6 bis, adicionado 2005)

Los comerciantes deben actuar según usos honestos, evitando:

  • Generar confusión sobre establecimientos o productos de otro comerciante.
  • Desacreditar mediante aseveraciones falsas.
  • Inducir a error sobre naturaleza, fabricación o calidad de productos.

Obligaciones comunes de los comerciantes (Art. 16)

ObligaciónDetalle
RegistroInscripción en el Registro Público de Comercio
ContabilidadMantener sistema conforme al Art. 33
CorrespondenciaConservar la relacionada con su giro

Registro Público de Comercio

  • Operado por la Secretaría de Economía junto con autoridades registrales estatales.
  • Funciona mediante un programa informático (propiedad del Gobierno Federal) que gestiona captura, custodia y consulta de la información registral.
  • Existe un folio electrónico por cada comerciante o sociedad con datos como nombre, domicilio, objeto social, actas constitutivas, poderes y garantías mobiliarias.
  • La inscripción es potestativa para personas físicas y obligatoria para sociedades mercantiles (constitución, transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación) y buques.
  • Los actos no inscritos solo producen efectos entre las partes que los celebraron; una vez registrados, surten efectos contra terceros desde la fecha y hora de inscripción.

Registro Único de Garantías Mobiliarias (adicionado 2009)

Sección especial para inscribir:

  • Prenda sin transmisión de posesión.
  • Arrendamiento financiero y factoraje financiero.
  • Fideicomisos de garantía sobre bienes muebles.
  • Embargos y resoluciones judiciales sobre bienes muebles.

Las garantías inscritas surten efectos contra terceros y tienen prelación según el número de control o sello digital de tiempo, sin importar la fecha de constitución del acto.

Contabilidad mercantil (Capítulo III)

  • El comerciante debe llevar un sistema de contabilidad adecuado que permita: identificar operaciones, rastrear su huella hasta los estados financieros, y contar con controles internos.
  • Es obligatorio el libro mayor y, para personas morales, el libro de actas — en formato impreso o electrónico según normas de la Secretaría.
  • Los registros deben llevarse en castellano; el incumplimiento genera multa desde $25,000 pesos (hasta el 5% del capital).
  • Comprobantes, correspondencia y libros deben conservarse por un plazo mínimo de diez años.

Actos de comercio (Art. 75)

La ley enumera de forma extensa qué se considera acto de comercio, entre otros:

  • Compraventas con propósito de especulación comercial (mercaderías, inmuebles, acciones).
  • Empresas de abastecimiento, construcción, manufactura, transporte y turismo.
  • Operaciones bancarias, de seguros, comisión mercantil y mediación.
  • Cheques, letras de cambio y remesas de dinero entre plazas.
  • Depósitos en almacenes generales y contratos de comercio marítimo.